» Prestador » Bonos






Imprimir sólo texto Enviar este Artículo

Cobranza de Bonos

Para cobrar las prestaciones otorgadas a los beneficiarios de la Modalidad de Libre Elección de la Ley N° 18.469, el profesional o institución de salud debe estar inscrito como Prestador en el Rol de FONASA Para la Cobranza de sus Honorarios:

  • Si es Titular de cuenta Corriente en el Banco BBVA, presente los bonos en cualquier sucursal de dicha entidad, a lo largo del país.
  • Si no es Titular de Cuenta Corriente en el Banco BBVA, presente los bonos en cualquier sucursal EXPRESS de dicha entidad, a lo largo del país.
  • Los bonos se presentan en un sobre especialmente diseñado para tal efecto, el cual se solicita en las sucursales de dicho banco.

 

Los Bonos deben Contener:

  • La identificación completa del prestador (nombre, Rut y firma).
  • Identificación del beneficiario (a lo menos nombre y Rut)
  • Fecha de atención
  • No deben presentar enmendaduras ni deterioro en los datos de emisión o en los llenados por el prestador o beneficiario.
  • Deben corresponder al nivel de inscripción del prestador
  • Los códigos por los que fueron emitidos deben corresponder a prestaciones que el prestador tenga acreditadas en FONASA.
  • Se deben presentar en cobranza en forma posterior a la prestación que fue otorgada o al procedimiento finalizado, y antes de 180 días de su emisión.
  • Deben ser acompañados de programas de atención, cuando corresponda a hospitalización, derecho de pabellón, psiquiatría, psicología o kinesiología.
  • Deben acompañar prescripción de los tratantes, en caso de exámenes de laboratorio e imagenología.

 

Contribuyentes de Primera Categoría

Las exigencias tributarias que deben presentar los contribuyentes que tributan en Primera Categoría son:

  •  Documento tributario de acuerdo a disposiciones del Servicio de Impuestos Internos (S.I.I), sean estas boletas, facturas, notas de crédito o débito.
  • Impresión de folio correlativo, nombre, dirección, Rut y giro comercial del contribuyente.
  • Timbre del S.I.I.
  • Emitidos al Fondo Nacional de Salud, Rut 61.603.000-0, Monjitas N°665 Santiago, o domicilio de la Dirección Regional correspondiente.
  • Registrar monto igual a la suma de los bonos de atención.
  • Las atenciones otorgadas a los beneficiarios de la Modalidad de Libre Elección, están exentas de IVA, excepto la venta de elementos (ej: prótesis).
  • Facturas, notas de crédito y/o débito acompañan copia de control tributario, y cuadruplicado cobro ejecutivo.

 

Contribuyente de Segunda Categoría

A contar del 1° de diciembre de 1998, por Resolución Exenta N° 5856/98 del Servicio de Impuestos Internos, se elimina la obligatoriedad de presentar Boleta de Honorarios al Fondo Nacional de Salud.

 

FONASA continuará realizando la retención del impuesto a la renta (10%) y emitirá el Certificado de Renta correspondiente.

 

Cuando llene el sobre, NO OLVIDE:

  •  Señalar en la carátula todos sus teléfonos (principal, celular, beeper o fax) donde se le pueda informar eventuales dificultades en el pago de sus honorarios, y
  • Marcar en el recuadro que allí aparece, cualquiera de las opciones, para así establecer comunicación en caso de "Sobre Pendiente de Pago":

Instrucciones en Caso de Rechazo (Sólo contribuyentes de segunda categoría)

  •  Pagar todo lo bueno y devolver sólo lo rechazado
  • Llamar siempre para consultar
  • Devolver todo

 

Si los bonos se ajustan a la reglamentación vigente, se pagarán al octavo día hábil de haber realizado el trámite. Si estos bonos presentaran objeciones que impidieran su pago, el sobre será devuelto a través de la misma sucursal bancaria donde fue depositado, y en el mismo plazo que el pago.

 

El octavo día hábil, el prestador tendrá a su disposición un vale vista por el valor que corresponde a los bonos presentados o un depósito en su cuenta corriente, si lo solicitó previamente.

 

PARA CUALQUIER CONSULTA SOBRE EL PAGO DE SUS BONOS, PUEDE LLAMAR AL 02-2462188 DESDE TODO EL PAIS.

Imprimir sólo texto Enviar este Artículo

[Portada]    [¿Qué es FONASA?]    [Beneficiario]    [Prestador]    [Empleador]    [Indice LEY 20.285]    [Politicas de Privacidad]    [Contáctenos]

Fondo Nacional de Salud - Monjitas N° 665, Santiago - Chile / Fono 600 360 3000