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Plazos de Atención Seguro Catastrófico

Las atenciones contempladas en el Seguro Catastrófico deben ser otorgadas dentro de los plazos establecidos que a continuación se especifican:

Atención inmedita; Aneurismas, tumores, disrafias, quemado grave y fisura palatina.

Atención en un plazo máximo de un mes; Peritoneodiálisis continua, droga inmunosupresora post-trasplante, radioterapia, quimioterapia y cuidados paliativos para el paciente terminal.

Atención según gravedad; Cardiocirugías, escoliósis, estenorraquis y SIDA.

Sujeto a disponibilidad de órganos; Trasplantes hepáticos, renales y medulares.

Los plazos sólo serán válidos una vez que el médico ha indicado la fecha de intervención y/o tratamiento y el paciente reúna las condiciones clínicas necesarias para que ésta se efectúe.

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