Aquellas (os) trabajadoras (es) dependientes que tienen contratos temporales por obra o faena determinada o por turnos o jornadas diarias.
Los Trabajadores dependientes con contrato temporal por obra o faena, son aquellos trabajadores con contrato temporal, que registran al menos 4 meses de cotizaciones en los últimos 12 meses.
Los Trabajadores dependientes con contrato temporal, por turnos jornadas diarias, son aquellos contratados diariamente y que registran al menos 60 días de cotizaciones en los últimos 12 meses. Nota: Se garantiza su afiliación durante 12 meses, contados a partir de la última cotización registrada al momento de su Acreditación.
Los trabajadores Temporeros, ingresan a Fonasa desde el momento que tienen un contrato de dependencia laboral temporal por obra o faena, o por turnos o jornadas, y elijen destinar su 7% de Salud a Fonasa.
Acreditan su condición de trabajadores temporeros en cualquier Sucursal de Fonasa, presentando:
cédula de identidad certificado para la obtención de credencial de salud, firmado por su empleador fotocopia de su contrato de trabajo. De no encontrarse trabajando, debe presentar finiquito o último contrato de trabajo. se solicitara planilla de cotizaciones en aquellos casos en que el empleador no registre todas las cotizaciones en el sistema si quiere acreditar cargas, debe presentar el documento que acredite el derecho a asignacion familiar de sus cargas emitido por el INP o Caja de Compensación, si corresponde. En el caso de los hijos mayores de 18 años y hasta los 24, que permanezcan como cargas, deberán presentar el documento emitido por INP o caja de compensación (según corresponda) cada mes de Marzo, con el fin que mantengan su Afiliación a Fonasa.
SE GARANTIZA SU AFILIACIÓN DURANTE 12 MESES A PARTIR DE LA ÚLTIMA COTIZACIÓN REGISTRADA.
Los trabajadores temporeros y sus cargas pueden acceder a los beneficios de FONASA a través de 2 modalidades de Atención:
Modalidad de Libre Elección, y Modalidad de Atención Institucional.
Cuadro de Tramo según Ingreso, para Atención en Modalidad Institucional
Grupo | Monto del Ingreso |
A | Carentes de recursos o Indigentes |
B | Ingreso Imponible Mensual menor o igual a $159.000 |
C | Ingreso Imponible Mensual Mayor a $159.000 y Menor o igual a $232.140. Con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo B
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D | Ingreso Imponible Mensual Mayor a $232.140 Con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo C |
(Vigente a partir del 1 de Julio 2008)