Los Recién Nacidos, hijos de afiliados a FONASA, causantes de asignación familiar del padre o la madre, deberán a la brevedad ser acreditados como carga familiar del respectivo afiliado, en cualquiera de las sucursales de FONASA, a lo largo del país, presentando:
- Certificado de Autorización de Cargas emitido por Caja de Compensación o INP
- Certificado de Nacimiento o Carnet de Identidad del Recién Nacido
- Carnet de Identidad del cotizante
Sin embargo, si no se ha regularizado la situación de carga familiar y el Recién Nacido necesita acceder a los beneficios de salud, se deberá presentar en forma conjunta, la credencial de salud del padre o la madre y el certificado de nacimiento correspondiente.
Este trámite se debe realizar lo antes posible.
Nota: la emisión y venta de Bonos de Atención de Salud (BAS) para un Recién Nacido no acreditado ante FONASA, sólo podrá efectuarse en sucursales del FONASA.
Una vez acreditado legalmente, puede acceder a la venta de BAS en cualquier Entidad delegada en convenio. Fonasa emitirá solamente un bono a nombre del beneficiario para el caso de un Recién Nacido.