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El Fondo Nacional de salud informa del nuevo tope imponible para el cálculo de la cotizaciones de salud

A partir de las instrucciones emanadas de la Superintendencia de Pensiones, el Fondo Nacional de Salud (FONASA) informa que durante el año 2010 el tope imponible mensual que se utilizará, tanto para el cálculo de las cotizaciones de salud en el sistema público, como para las AFP y los accidentes del trabajo, alcanzará el monto de 64,7 Unidades de Fomento.

 

Se establece, asimismo que este nuevo tope imponible, se aplicará a las remuneraciones pagadas a contar del mes de enero de 2010.

 

Esta información se extrajo de las resoluciones Nº 22 y Nº 23 de la Superintendencia de Pensiones, emitidas con fecha 8 de enero del presente año y que fueron publicadas el 9 de enero en el Diario Oficial, para oficializar su entrada en vigencia.  

 

Cabe apuntar que la legislación vigente establece que el tope imponible se debe reajustar anualmente de acuerdo a la variación positiva que experimente el Índice de Remuneraciones Legales, determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), que para el período noviembre 2008 - noviembre 2009 alcanzó a 7,9%.

 

Para acceder a más información, descargar el siguiente documento:

circular_111superintendencia_de_salud_feb_2010.pdf 

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