|
Subsidio de Cesantía: Este subsidio lo pueden recibir los trabajadores dependientes del sector público o privado que hayan perdido su trabajo por causas ajenas a su voluntad, con excepción de aquellos trabajadores del sector privado que están afectos al Régimen de Seguro de Desempleo, es decir, de los que inicien o reinicien actividades laborales con posterioridad al 1 de octubre de 2002.
También aquellos trabajadores de casa particular y los independientes, que al 1 de agosto de 1974 tenían derecho a este beneficio.
Seguro de Desempleo: Cuando el trabajador queda cesante, deberá contar con algún documento que acredita el término de la relación laboral para solicitar el beneficio del Seguro de Desempleo. Dicha solicitud se realiza ante la Administradora de Fondos de Cesantía –AFC-.
 |
Documentación para acreditarse en FONASA: |
|
La acreditación en FONASA se realiza en forma centralizada, de acuerdo con la información entregada por el IPS o AFC (Administradora de Fondo de Cesantía), según corresponda. Sin embargo, si estuviste afiliado a una Isapre o requieres acreditar tus cargas familiares debes presentar en cualquier sucursal la siguiente documentación:
Formulario Básico del Asegurado, firmado por el titular. Descargar
Cédula de identidad.
Comprobante del último pago del subsidio de cesantía o seguro de desempleo, según corresponda.
Carta de desafiliación de la Isapre, si estuvo afiliado a una.
Documento que acredite el derecho a asignación familiar de tus cargas legales - incluye hijos y nietos menores de 18 años y de los 18 hasta los 24 años que estudien- emitido por el IPS.
|