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El proceso de Fiscalización comprende un conjunto de tareas que tienen por finalidad resguardar el acceso de los asegurados al Seguro Público, mediante la verificación a los empleadores del cumplimiento en el correcto y oportuno pago de las cotizaciones previsionales de salud de los afiliados a FONASA.
En la actualidad la función fiscalizadora se ejerce a lo largo del país, para lo cual FONASA dispone de un equipo de fiscalizadores en calidad de ministros de Fé, que gozan de iguales atribuciones a las que poseen los inspectores de la Dirección del Trabajo. Descargue Listado de Fiscalizadores del País.
Dentro del proceso de fiscalización, FONASA realiza una de tipo Preventiva, que se lleva a cabo mediante actividades de capacitación y difusión a través de charlas educativas a nivel nacional.
Al mismo tiempo, se realiza la fiscalización Correctiva, que se desarrolla con un programa anual que permite revisar en terreno a un conjunto de empleadores de distintos rubros, como agrícolas, agropecuarios, comerciales, industriales y públicos, entre otros.
Con la fiscalización preventiva y correctiva, se persigue disminuir los niveles de evasión y subdeclaración, disponiendo de los recursos necesarios para financiar las prestaciones de salud de los asegurados.
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Resultados de las Fiscalizaciones |
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Producto de llevar a cabo el proceso de fiscalización correctiva, es posible obtener los siguientes resultados:
1. Empresa cumple normativa, paga correcta y oportunamente las cotizaciones de salud de sus trabajadores.
2. Empresa no ha declarado y/o pagado las cotizaciones de salud de sus trabajadores o bien lo ha hecho por un monto menor (evasión y subdeclaración, respectivamente).
En estos casos, los fiscalizadores deben confeccionar un acta de deuda por las cifras no pagadas. Dicho documento tiene carácter de cobro ejecutivo y se aplicará una multa correspondiente a 0,75 UF por trabajador y por mes en que no se haya llevado a cabo dicho proceso (Art. Nº 22, Ley Nº17.322). Ello, sin perjuicio de los reajustes e intereses que corresponda pagar por la deuda.
3. Empresa no permite fiscalización, en cuyo caso se aplica una Multa Administrativa. Los montos de estas multas son entre 0,5 a 26 Ingresos Mínimos mensuales, según la gravedad, en una o más de las siguientes situaciones:
Cuando el empleador no permite el ingreso de los fiscalizadores a las instalaciones ni el acceso a la información de sus empleados.
Cuando el empleador, estando legalmente citado, no comparece a las dependencias de FONASA.
Cuando el empleador no mantiene la documentación que deriva de las relaciones de trabajo en el lugar en donde se prestan los servicios.
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