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Protección Económica
- Trabajadores dependientes deben:
- Tener una licencia médica autorizada
- Tener un contrato de trabajo vigente
- 6 meses de afiliación a un sistema previsional (AFP o INP/IPS), y 3 meses continuos o discontinuos de cotización previsional y de salud, previo al momento en que se inicia la licencia.
- Trabajadores independientes deben:
- Tener una licencia médica autorizada
- Demostrar una actividad laboral como independiente, en cumplimiento con lo establecido por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), a través de declaraciones de IVA, iniciación de actividades, etc.
- 12 meses de afiliación a Fonasa, y 6 meses continuos o discontinuos de cotización de salud, previo al momento en que se inicia la licencia
- Estar al día en el pago de las cotizaciones. En este sentido, se considerará al día al trabajador que ha pagado la cotización correspondiente al mes anterior a aquel en que se produce la incapacidad laboral.
- Trabajadores por días, turnos o jornadas deben:
- Tener una licencia médica autorizada
- Tener un contrato de trabajo vigente
- 6 meses continuos de afiliación a un sistema previsional (AFP o IPS)
- 1 mes (30 días) de cotización previsional y de salud, dentro de los 6 meses anteriores al momento en que se inicia la licencia.
- En primer lugar, el beneficiario (paciente) debe contar con una licencia médica, la cual es entregada por un médico tratante, una matrona o un cirujano dentista, a partir de una evaluación de salud efectuada en el contexto de una consulta médica. La licencia, al mismo tiempo, debe ser autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
- Luego, el organismo pagador chequea si el beneficiario cumple con las reglas señaladas en el apartado anterior, y en base a ello se hace el cálculo del subsidio correspondiente. Si el trabajador no cumple con los requisitos, no está en condiciones de recibir el SIL.
- Finalmente, el SIL es pagado por las Cajas de Compensación (CCAF), si el empleador del trabajador dependiente está afiliado a alguna de ellas, o en caso contrario por la COMPIN, por medio de las sucursales del Banco Estado (también para trabajadores independientes).
- A través de nuestro servicio en línea
- Llamando al Fono COMPIN: 600 460 4600
- O acudiendo a la Caja de Compensación respectiva (sólo para trabajadores dependientes cuyo empleador haya suscrito un convenio).
¿Qué es un Préstamo Médico?
¿A quién está dirigido?
Costos
Plazos
- El préstamo médico lo obtienes de manera inmediata al cumplir con los requisitos establecidos.
- La primera cuota la pagas a los 30 días, es decir, al mes siguiente de la fecha en que aceptaron darte el préstamo y así mensualmente, se te cobrará esta cuota hasta que termines de pagarlo.
Cupos
¿Qué documentos y requisitos debo tener para solicitar un Préstamo Médico?
Documentos:
- Carnet de Identidad del asegurado y de los codeudores. Codeudor es la persona que se hace responsable en caso de que en algún momento no puedas pagar.
- Documento de solicitud de préstamo médico. Lo puedes retirar en cualquier sucursal de Fonasa o bien descargarlo aquí
- Programa de Atención de Salud o cupón de pago AUGE/GES. Este último corresponde a un documento que recibes en tu domicilio, junto con la carta de cobranza por atenciones de salud AUGE/GES.
Requisitos
- Llenar el formulario de Solicitud de Préstamo Médico, el que debe estar con tu firma, la de los codeudores y los empleadores respectivos.
- Estar al día con otros préstamos médicos, si los tuvieses. No debes estar moroso en un préstamo médico anterior, tampoco tus codeudores.
- Estar al día en el pago de tus cotizaciones. Es decir, demostrar con tu liquidación de sueldo que se ha descontado la cotización de salud.
- Tus codeudores deben tener un ingreso igual o superior al tuyo y hasta un 25% menor.
- Si eres trabajador dependiente o por turnos, días o jornadas, debes presentar tu certificado de cotizaciones de 6 meses, sean continuos o discontinuos (intermitente) dentro de los últimos 12 meses y dos (2) Codeudores.
- Si eres trabajador independiente, debes presentar tu certificado de cotizaciones de los últimos 12 meses continuos y dos (2) Codeudores.
- Si eres pensionado debes presentar la última colilla de pago de tu pensión y solo necesitas un (1) Codeudor.
¿Qué condiciones me dejan fuera del beneficio?
- Ser carente de recursos, es decir, las personas que están clasificadas en el tramo A de Fonasa. porque cuentan con 100% de cobertura financiera
- Tener una previsión de salud distinta a Fonasa, como: Isapre, Capredena o Dipreca.
- Estar bloqueado en Fonasa, por causales como: sin cotizaciones, fallecido, otros.
¿Qué es un Programa de Atención de Salud?
¿Cómo funciona un Préstamo Médico?
¿Y cómo pago un Préstamo Médico?
- Una vez que recibas el préstamo, deberás pagar a los 30 días la primera cuota. Las siguientes, las pagarás mensualmente.
- Las cuotas no pueden exceder el 10% de tus ingresos, en caso de Ley de Urgencia, las cuotas no pueden exceder el 5 % de tus ingresos.
- Si eres trabajador dependiente, las cuotas se pagan a través del descuento en tu liquidación de sueldo; es decir, por medio del descuento que hace tu empleador. Recuerda que tú eres el principal responsable del pago de tu préstamo. Por lo tanto, debes estar atento a que tu empleador haga los descuentos.
- Si eres pensionado, las cuotas se descontarán automáticamente de tu pensión.
- Si eres trabajador independiente, debes pagar directamente en el banco Scotiabank.
Ayuda en el pago de la Cuenta Hospitalaria (condonación)
A partir del 1 de septiembre de 2022, las personas pertenecientes a Fonasa de los tramos C y D tienen gratuidad en todas sus atenciones en el sistema público de salud (AUGE/GES y No AUGE/GES), sumándose a quienes son parte de los grupos A y B y las personas mayores de 60 años.
- Puedes pedir esta ayuda cuando la necesites.
- El plazo de respuesta a tu solicitud es de 30 días hábiles.
- Puedes conocer el estado de tramitación de tu solicitud, en la misma sucursal donde la pediste.
- Cuando la cuenta médica es con un centro privado de salud.
- Cuando tienes una previsión de salud distinta a Fonasa, como Capredena o Dipreca.
- Cuando se rechaza la condonación a los casos Covid-19 (Ley 21.342 del 01.06.2021).
- Casos sin acreditación de Fonasa al momento de ser otorgadas las prestaciones de salud, en el establecimiento de la red pública de salud
- Cédula de identidad del afiliado.
- Poder simple, en el caso de que la solicitud sea presentada por un tercero. El poder simple es un documento a través del cual autorizas a que otra persona haga el trámite por tí. Lo importante de este documento es que tenga tu firma y diga claramente que autorizas a otra persona a que haga el trámite en tu representación.
- Cuenta del hospital donde se realizó la atención de salud, debe tener timbre del establecimiento. (En el caso de cobranza AUGE/GES, no se requiere este documento).
- Certificado médico, debe tener firma del médico responsable de su emisión. (En el caso de cobranza AUGE/GES, no se requiere este documento).
- Recepción de documentos: Solicitud de la condonación en la sucursal y presentación de los documentos. (Cédula de Identidad; Cuenta Médica y Certificado Médico)
- Evaluación del caso según condición socioeconómica del afiliado (revisión de antecedentes y cálculo de porcentaje de condonación) con esto, se decide si condonación es parcial, total o rechazada.
- Emisión de resolución y notificación, recibirás esta notificación en tu domicilio a través de correo certificado. Adicionalmente, se enviará copia de esta Resolución a la sucursal donde fue solicitada, en caso de que quieras consultar sobre el estado de tramitación de tu solicitud.